30
Abr

POLICIA DEL TRABAJO





POLICIA DEL TRABAJO
Con la finalidad de articular los distintos mecanismos de registro, evaluación e intercambio de información respecto a las modalidades especiales del contrato de trabajo y la documental laboral obligatoria en tareas propias de la fiscalización y control, con los organismos e instituciones vinculadas a la inspección del trabajo para la detección de trabajo no registrado y otras formas de fraude laboral, se crea la Coordinación de Control y Gestión de Obligaciones Laborales. La citada dependencia tendrá facultad, entre otros puntos, para: * Gestionar la rúbrica, habilitación y fiscalización de los libros, hojas móviles, microfilmación, libretas, planillas horarias y toda otra documentación exigida por la legislación laboral vigente en los lugares y materias subordinados a jurisdicción federal. * Dirigir el registro de empresas de personal eventual y de las proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral. * Instrumentar la habilitación, suspensión y, en su caso, cancelación de las empresas de servicios eventuales y de las proveedoras de bienes y/o servicios en virtud de lo dispuesto en la legislación laboral.