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Nov

CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO




CONVENIOS


CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
MINERÍA. CAL, PIEDRA Y AFINES. OBREROS, CCT 36/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/9/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 36/1989 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de setiembre de 2016 y enero de 2017.

MINERÍA. MOLIENDA DE MINERALES. OBREROS, CCT 37/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/9/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 37/1989, para la rama “Molienda de minerales y afines”, arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de setiembre de 2016 y enero de 2017. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación especial de $ 1.050 de carácter no remunerativo, a abonarse en dos cuotas iguales de $ 525 cada una, en la primera quincena de los meses de febrero y marzo de 2017, respectivamente.

MINERÍA. ABRASIVOS Y AFINES, CCT 37/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/9/2016 Y 1/1/201

La entidad gremial que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 37/1989, para la rama “Abrasivos y afines”, dio a conocer los términos del nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de setiembre de 2016 y enero de 2017. Asimismo, se fija el pago de una gratificación especial de $ 900 de carácter no remunerativo, a abonarse en dos cuotas iguales de $ 450 cada una, en la primera quincena de los meses de febrero y marzo de 2017, respectivamente.

MINERÍA. RAMA EXTRACTIVA. OBREROS, CCT 38/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/8/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 38/1989, para la rama “Extractiva”, arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de agosto de 2016 y enero de 2017

MINERÍA. CEMENTO PORTLAND. EMPLEADOS, CCT 53/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/8/2016 Y 1/3/2017

La entidad gremial que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 53/1989, para la rama “Empleados del cemento portland”, dio a conocer la nueva grilla salarial, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de agosto de 2016 y marzo de 2017. Asimismo, se fija el pago de una suma fija extraordinaria de $ 3.000 para el mes de agosto de 2016 y de $ 6.000 para el mes de enero de 2017.

MINERÍA. CEMENTO PORTLAND. OBREROS, CCT 54/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/8/2016 Y 1/3/2017

La entidad gremial que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 54/1989, para la rama “Obreros del cemento portland”, dio a conocer la nueva grilla salarial, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos, a partir de agosto de 2016 y marzo de 2017. Asimismo, se fija el pago de una suma fija extraordinaria de $ 3.000 para el mes de agosto de 2016 y de $ 6.000 para el mes de enero de 2017.

SMATA. ACARA. RAMA GENERAL, CCT 740/2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016

La entidad sindical que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 740/2016 dio a conocer la nueva grilla salarial de la actividad, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establecen nuevos salarios básicos a partir de octubre de 2016.

SMATA. ACARA. DIVISIÓN MOTOVEHÍCULOS, CCT 740/2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016

La entidad sindical que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 740/2016, división “Motovehículos”, dio a conocer la nueva grilla salarial de la actividad, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establecen nuevos salarios básicos a partir de octubre de 2016.

SMATA. ACA, CCT 454/2006. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016. GRATIFICACIÓN NO REMUNERATIVA PARA EL 20/11/2016 Y 20/12/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 454/2006 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Por el mencionado Acuerdo se establece un incremento salarial con vigencia a partir de octubre de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de $ 2.000 a pagarse en 2 tramos, el día 20 de los meses de noviembre y diciembre de 2016.

ESTACIONES DE SERVICIO. TODO EL PAÍS, EXCEPTO CÓRDOBA Y SANTA FE, CCT 371/2003. INCREMENTO NO REMUNERATIVO DESDE EL 1/10/2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/2/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 371/2003 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento de carácter no remunerativo a partir de octubre de 2016, que se incorpora al salario básico a partir de febrero de 2017.

ESTACIONES DE SERVICIO. TODO EL PAÍS. FECRA, CCT 521/2007. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DESDE EL 1/10/2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 521/2007 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece el pago de una suma no remunerativa, cuyo importe varía según la categoría profesional del trabajador, a abonarse durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016, incorporándose al salario básico a partir de enero de 2017.

ESTACIONES DE SERVICIO. GARAGES Y PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO. CAPITAL FEDERAL Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CCT 428/2005. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016 Y 1/2/2017

La entidad gremial que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 428/2005 dio a conocer la nueva recomposición salarial de la actividad, la cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos a partir de octubre de 2016 y febrero de 2017

PETROLEROS PRIVADOS. DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO, CCT 592/2010. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 592/2010 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a partir de octubre de 2016.

CONSTRUCCIÓN. HORMIGÓN ELABORADO, CCT 445/2006. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 445/2006 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en dos tramos a partir de octubre de 2016 y enero de 2017.

GRÁFICOS. RAMA GENERAL. CAPITAL FEDERAL Y GRAN BUENOS AIRES. SECTOR OBRA, CCT 60/1989. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/10/2016. ADICIONAL NO REMUNERATIVO DESDE ENERO DE 2017

Las partes representativas de la actividad gráfica regulada por el CCT 60/1989 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial para el sector "Obra", el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se conviene un incremento salarial a abonarse en dos tramos a partir de octubre de 2016 y enero de 2017. En cuanto a este último tramo, tendrá carácter no remunerativo hasta el mes de marzo de 2017, pasando a integrar los salarios básicos a partir de abril de 2017.

CALL CENTER, CCT 688/2014. INCREMENTO SALARIAL DESDE EL 1/10/2016 Y 1/1/2017

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 688/2014 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento de los salarios básicos del 19% sobre los valores de las escalas vigentes al mes de marzo de 2016, el cual se abonará según el siguiente esquema:

- 12% no remunerativo a partir de octubre de 2016. - 7% remunerativo a partir de enero de 2017. Se aclara que el incremento del 12% tendrá el carácter de suma no remunerativa hasta el 31 de marzo de 2017, incorporándose a los salarios básicos a partir de abril de 2017 en su valor nominal.