01
Dic

CÓRDOBA




DOMICILIO FISCAL


CÓRDOBA
Se establece que, a partir del 31/12/2016, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos sujetos a las normas del Convenio Multilateral, con sede en extraña jurisdicción pero con alta en la Provincia de Córdoba, estarán obligados a constituir un domicilio fiscal electrónico. Por otra parte, se dispone que la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, a partir del 1/1/2017, procederá a constituir de oficio un domicilio fiscal electrónico a todos los contribuyentes y/o responsables que, estando obligados a su constitución, no lo hubieran realizado a dicha fecha