02
Ene

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Se reglamenta la alícuota promocional del 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos para los ingresos provenientes de la construcción de obra pública, cuando el estudio, ejecución, fiscalización y/o financiamiento se encuentren a cargo del Estado Nacional, provincial y/o municipal o comunal, estableciendo el alcance de la expresión “construcción de obra pública".