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May

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Se adecua el monto fijado por el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece la inapelabilidad de las sentencias definitivas y demás resoluciones que se dicten en procesos cuyo monto cuestionado no exceda de determinada suma de dinero. La suma cuestionada, a los fines de determinar la apelabilidad de resoluciones, que no podía ser inferior a $ 20.000, pasará a no poder ser inferior a $ 50.000.