28
Feb

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. PERSONAS JURÍDICAS




CNV


COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. PERSONAS JURÍDICAS
Se dispone que las personas o estructuras jurídicas que sean accionistas de una sociedad deben informar los datos sobre sus beneficiarios finales dentro de los 5 días hábiles de celebrada la asamblea en la que hayan participado, en cumplimiento con la normativa sobre prevención del delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Asimismo, se establecen los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas constituidas en el extranjero, fideicomisos, fundaciones y figuras similares con finalidad pública o privada, para la participación en asambleas de sociedades sujetas al control de la Comisión Nacional de Valores.