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Feb

CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO




LABORAL


CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
Las partes representativas de la actividad bancaria alcanzadas por el CCT 18/1975 arribaron a sendos Acuerdos salariales, los cuales se encuentran, a la fecha, pendientes de homologación. En tal sentido, se establece un incremento salarial a partir de enero de 2017 equivalente al 19,5%. Asimismo, se incorporó en el texto de los Acuerdos una cláusula gatillo donde señala que si el Nivel General del Índice de Precios del Consumidor publicado por el INDEC del año 2017 supera el porcentaje acordado, la parte empresaria se compromete a incrementar los salarios en forma automática por la diferencia de manera retroactiva al mes de enero de 2017.

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 80/1989 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial con vigencia a partir de enero de 2017.