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INCENTIVO FISCAL PARA EL DESARROLLO DE AUTOPARTES
INDUSTRIA
Se instrumenta en el ámbito de la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción la emisión de bonos electrónicos de crédito fiscal, en el marco del régimen de incentivo fiscal para el desarrollo del autopartismo argentino -dispuesto en la L. 27263-.
Recordamos que los sujetos beneficiarios del régimen podrán aplicar el bono de crédito fiscal para el pago de las declaraciones juradas y/o anticipos de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, al valor agregado e impuestos internos; y en el caso de importaciones, para el pago a cuenta de los impuestos internos, a las ganancias y al valor agregado, sus retenciones y percepciones, cuya recaudación se encuentre a cargo de la AFIP.