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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
IGJ
La Secretaría de Modernización Administrativa, mediante el dictado de la resolución 101-E/2017, establece que los siguientes trámites correspondientes a sociedades por acciones simplificadas (SAS) deben tramitarse a partir del 30 de octubre a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD):
-Constitución
-Actualización
-Transformación a SAS
-Solicitud de renuncia -arts. 125 y 128, RG (IGJ) 7/2015-
- Apertura/cierre de sucursal en la Ciudad de Buenos Aires por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial
- Traslado del domicilio social de provincia a jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires
- Apertura/cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires
- Cancelación sin liquidación por inactividad
- Liquidación y cancelación registral
- Traslado del domicilio social / cancelación registral
- Emisión, modificación y cancelación de obligaciones negociables y debentures
- Aprobación de texto ordenado de estatuto
- Transformación de SAS a otro tipo
- Disolución/nombramiento del liquidador, liquidación y cancelación registral
- Disolución y nombramiento del liquidador.