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Jul

NOVEDADES





NOVEDADES
* FACTURACIÓN DE TRANSACCIONES QUE NO SE VINCULAN CON OPERACIONES GRAVADAS. BARES, RESTAURANTES, CANTINAS, SALONES DE TÉ, CONFITERÍAS, HOTELES, HOSTERÍAS, PENSIONES Y OTROS: Se ha tomado conocimiento de que la AFIP ha enviado una nota a la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina a raíz de una consulta efectuada. En la misma se expresa que en aquellos casos en que por mandato legal no procede el cómputo del crédito fiscal respecto de los adquirentes, por las locaciones y prestaciones de servicios efectuadas por bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías, hoteles, hosterías, pensiones y otros, la operación debe ser respaldada con una factura tipo B.* RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EMPLEADORES. INCUMPLIMIENTO EN EL INGRESO DE APORTES DE LOS TRABAJADORES. DENUNCIA PENAL: La AFIP informa que ha procedido a formalizar la denuncia de contribuyentes por haber retenido y no ingresado al vencimiento del plazo el importe correspondiente a los aportes de sus empleados con destino al Sistema Único de Seguridad Social. Las denuncias, que recayeron en los juzgados Federales de Capital y del Interior del país, Nacionales en lo Penal Tributario y Federales Criminales y Correccionales, fueron realizadas a lo largo de 3 años y medio (setiembre de 2010 a febrero de 2014) y se efectuaron luego de que los empleadores no depositaran total o parcialmente el importe de los aportes retenidos a sus empleados dentro de los diez días del vencimiento. Recordamos que la ley penal tributaria y previsional establece una pena de 2 a 6 años de prisión al empleador que no deposite total o parcialmente el importe de los aportes retenidos a sus empleados dentro de los diez días del vencimiento, cuando la deuda supere $ 20.000 para cada mes.