31
Jul

NOVEDADES





NOVEDADES
* EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE $ 1.200 EN JULIO DE 2014: Recordamos que a través del último Acuerdo salarial de la actividad mercantil, homologado por la resolución (ST) 626/2014, se conviene el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente. Al respecto, se ha suscitado un debate sobre si el pago de la citada asignación no remunerativa corresponde o no proporcionarse en caso de jornada a tiempo parcial, dado que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) comunica, a través de una circular, que los importes de la citada asignación no remunerativa "no son proporcionales y corresponde a cada trabajador no importando la jornada laboral pactada". A raíz de ello, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) aclara que dicha interpretación resulta contraria a derecho y que el pago de la asignación no remunerativa corresponde que sea abonado de manera proporcional conforme a la jornada laboral que realiza el trabajador. * FACTURA ELECTRÓNICA. NUEVOS SUJETOS ALCANZADOS POR EL RÉGIMEN A PARTIR DEL 1/8/2014: A través de la resolución general (AFIP) 3571,se amplió a diversas actividades la obligación de emitir factura electrónica. En tal sentido, recordamos que a partir del 1/8/2014 se encuentran obligados a emitir este tipo de comprobantes un vasto universo de sujetos que desarrollen servicios tales como, Reparación y mantenimiento de: maquinarias, instrumentos médicos, ópticos y de precisión, equipo fotográfico, aparatos eléctricos (entre otros). - Servicios de consultores en informática y suministro de programas, procesamiento de datos (entre otros). - Agencia de noticias y servicios de información. - Servicios jurídicos y notariales. - Servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal. - Servicios de gerenciamiento de empresas. - Servicio de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de sociedades. - Servicios relacionados con la construcción (incluye servicios prestados por ingenieros, arquitectos y técnicos). - Servicios geológicos y de prospección. - Servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones. - Servicios de arquitectura e ingeniería. - Ensayos y análisis técnicos. - Servicios de publicidad. - Estudio de mercado y encuestas de opinión pública. - Obtención y dotación de personal. - Transporte de caudales y objetos de valor. - Servicios de seguridad e investigación. - Servicios de limpieza general de edificios. - Servicios de envase y empaque. - Servicios empresariales n.c.p. así también quedan obligados los grandes contribuyentes individuales dependientes de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.