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Jul

RÍO NEGRO




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RÍO NEGRO
Se establece que las personas físicas y/o jurídicas que resulten adjudicatarias de proyectos de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energía mediante el programa RenovAr y/o que celebren contratos de generación del referido tipo de energía bajo el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuentes Renovables y/o que participen en actividades industriales relacionadas con la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, que tengan radicación en el territorio provincial y cuya producción esté destinada al mercado eléctrico mayorista, gozarán de estabilidad fiscal por el término de 20 años. Al respecto, se dispone que la actividad de generación eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables y toda actividad industrial relacionada con dicha generación se encontrarán exentas del pago del impuesto sobre los ingresos brutos. Asimismo, se exime del pago del impuesto de sellos sobre aquellos actos o contratos y operaciones directamente relacionados con la actividad de generación eléctrica a partir del aprovechamiento de las fuentes renovables y toda actividad industrial relacionada con dicha generación.