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Oct

IMPUESTO A LAS GANANCIAS




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IMPUESTO A LAS GANANCIAS
La ley 27440 de financiamiento productivo, impulso al financiamiento de pymes y de reforma al mercado de capitales trajo medidas para fomentar el desarrollo de la construcción de viviendas para poblaciones de ingresos medios y bajos. En tal sentido, dispuso que, bajo ciertas condiciones, los fondos comunes de inversión cerrados o fideicomisos financieros cuyos objetos de inversión sean desarrollos inmobiliarios para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos, y/o créditos hipotecarios, y/o valores hipotecarios, las distribuciones originadas en rentas o alquileres, o los resultados provenientes de su compraventa, estarán alcanzados por una alícuota del quince por ciento (15%). Ahora, la Secretaría de Vivienda dispone que las viviendas para poblaciones de ingresos medios y bajos son aquellas cuyo precio máximo de venta -sin computar gastos e impuestos- no supere las 220.000 unidades de vivienda (UVI) o las 220.000 unidades de valor adquisitivo (UVA) al momento de perfeccionarse la venta a favor del comprador de la vivienda.