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APORTES Y CONTRIBUCIONES
laboral
Se incorporan en el sistema “Declaración en línea” y en el aplicativo SICOSS los siguientes códigos:
- Código de condición 13 “Servicios diferenciados no alcanzados por el decreto 633/2018”;
- Código de actividad 119 “Detracción especial - Ley 27430 Textiles”.
La presente resolución general entrará en vigencia el 3 de enero de 2019 y resultará de aplicación conforme se indica a continuación:
- Para los empleadores beneficiados por la aplicación completa de la detracción en las contribuciones patronales: período devengado noviembre de 2018 y siguientes; estos empleadores podrán rectificar la declaración jurada determinativa y nominativa correspondiente al período devengado noviembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, en cuyo caso no serán de aplicación las disposiciones de la resolución general (AFIP) 3093 y su modificatoria.
- Para los restantes empleadores: período devengado diciembre de 2018 y siguientes.