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Feb

ENTRE RÍOS




provincias


ENTRE RÍOS
Se establece un régimen opcional especial de normalización fiscal para la cancelación de obligaciones adeudadas de los tributos administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, excepto del impuesto inmobiliario rural y/o subrural. En ese orden, podrán incluirse en el presente régimen las deudas de todos los tributos provinciales, cuyos vencimientos hubieran operado hasta el 31/12/2018, incluyendo sus accesorios y multas, independientemente de que las mismas se encuentren intimadas, en gestión extrajudicial, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, sometidas a juicios de ejecución fiscal, verificadas en concurso preventivo o quiebra, incluidas en otros regímenes de regularización caducos o vigentes