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SOCIEDADES. CONTROL DE CAMBIO 2019




BCRA


SOCIEDADES. CONTROL DE CAMBIO 2019
Se establece que no se necesitará conformidad previa del BCRA para el caso de centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital y renta de títulos del Tesoro Nacional, que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de depósito colectivo del exterior. Asimismo se efectúan modificaciones a las normas sobre control cambiario, asumido por el mercado como “cepo cambiario”, respecto al acceso al mercado de cambios para el pago a su vencimiento de nuevas emisiones de títulos de deuda pública que se realicen con el objeto de refinanciar deudas y conlleven un incremento de la vida promedio de las obligaciones, y el acceso al mercado para el pago a fideicomisos constituidos en el país. COMUNICACIÓN A (Banco Central de la República Argentina) 6792/2019 BO: 26/09/2019