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Ene
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INCREMENTO SALARIAL
Laboral
Se dispone un incremento salarial mínimo para todos los trabajadores del sector privado, con exclusión de los trabajadores del sector público, de trabajo agrario y el personal de casas particulares.
La suma será acumulativa y se abonará de la siguiente manera:
• $ 3.000 a partir de enero de 2020;
• $ 1.000 a partir de febrero de 2020.
El incremento deberá ser absorbido por las futuras paritarias y no será tenido en cuenta para el cálculo de adicionales, salvo Acuerdo convencional en contrario.
Las micro, pequeñas y medianas empresas que cuenten con el certificado MiPyME quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA en relación con el incremento otorgado, por el plazo de 3 meses o el menor plazo en que tal incremento sea absorbido por negociaciones paritarias.
El presente decreto entró en vigencia el 5 de enero de 2020.