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IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES




AFIP


IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
Se modifica el Decreto 99/2019, reglamentario de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, a los fines de aclarar que el depósito de los fondos en que se hubiera verificado la repatriación de activos financieros con el objeto de mantener el beneficio de exención de pago del impuesto sobre los bienes personales, podrá realizarse tanto en cajas de ahorro como en cuentas corrientes o depositarse en plazos fijos, entre otras formas de captación de fondos. Asimismo, se estima oportuno admitir que los mencionados fondos puedan ser afectados, con posterioridad a la repatriación, a determinados destinos, situaciones en las que se mantendrá el beneficio, en la medida en que se cumplan las condiciones que se fijarán para cada caso. DECRETO 116/2020 - B.O. 30/01/2020