17
Mar

MEDIDAS DE EMERGENCIA




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MEDIDAS DE EMERGENCIA
Ponemos a disposición las principales medidas preventivas adoptadas por los diferentes organismos y entidades profesionales: Trabajo * El Ministerio de Trabajo, mediante la resolución (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 202/2020 suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo de todos los trabajadores en condición de “casos sospechosos” según lo previsto en el artículo 7 del decreto de necesidad y urgencia 260/2020. * Los trabajadores alcanzados deberán comunicar la situación a su empleador de manera fehaciente dentro de las 48 horas, quienes deberán establecer con su empleador las condiciones de dicha labor en el marco de la buena fe. * La medida alcanza también a quienes presten tareas de forma continua bajo figuras no dependientes. * En el sector público, se [ resolución (Sec. de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros) 3/2020] fija una licencia de 14 días para empleados públicos que se encuentren en la condición de “casos sospechosos”, según el artículo 7 del decreto 260/2020. Educación * El Ministerio de Educación suspende [ resolución (Min. Educación) 108/2020 ] las clases del nivel inicial, primario, secundario, e institutos de educación superior, por 14 días contados a partir del 16 de marzo, y se recomienda a las universidades adoptar medidas preventivas. En este sentido, el rectorado de la UBA solicitó rever el cronograma de clases y por ello, la facultad de ciencias económicas decidió suspender las clases hasta el 12 de abril. Además, con el dictado de la resolución (Min. Educación) 103/2020 y resolución (Min. Educación) 105/2020, fija los criterios de actuación ante la confirmación o aparición de casos sospechosos de personal directivo, docente, auxiliar o no docente o estudiantes, afectados o posiblemente afectados con el virus. Mayores de 60 años, jubilados y pensionados * El Presidente de la Nación anunció el día de ayer en cadena nacional el licenciamiento de las personas mayores de 60 años. * La ANSES, mediante la resolución (Adm. Nac. Seguridad Social) 70/2020, dispone que a partir del día 17 de marzo y hasta el día 15 de abril, las áreas de atención que cuenten con un esquema que regule la asistencia presencial a fin de evitar aglomeración de personas. Transporte * El Ministerio de Transporte, con la resolución (Min. Transporte) 60/2020, establece que las Operadoras de Servicios de Transporte Automotor, Ferroviario, Marítimo, Fluvial y Lacustre sujetos a la Jurisdicción Nacional deberán incrementar las acciones tendientes a mantener las condiciones esenciales de higiene de los vehículos, material rodante y embarcaciones en servicio. Durante el día se decidirá qué sucede con los medios de transporte púbico. Turismo * El Ministerio de Turismo y Deporte autorizó a los Agentes de Viaje a atender al público exclusivamente por canales electrónicos a fin de evitar el contacto físico y la propagación del COVID-19, por el término de 30 días. * También elaboró un instructivo [ resolución (Min. Turismo y Deportes) 126/2020 ] para la actuación del sector hotelero durante la emergencia sanitaria. Micro, Medianas y Pequeñas Empresas * La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) advierte que falta normativa sobre la modalidad de teletrabajo (home office) y estiman un fuerte impacto económico por la cancelación de eventos, reuniones y rondas de negocios. Para acceder al comunicado haga clic aquí. Actividad judicial * La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la resolución 514/2020, adoptó las recomendaciones de prevención del Ministerio de Salud de la Nación a fin de resguardar la salud de los trabajadores del Poder Judicial, abogados, auxiliares de la justicia y del público en general que diariamente concurren a las distintas dependencias judiciales. No obstante, informaron que en el día de la fecha se evaluará como seguirán prestándose los servicios. * La Suprema Corte de Justicia, mediante la resolución 6/2020, solicitó un informe con propuestas tendientes a implementar la modalidad de trabajo domiciliario en el ámbito de la Administración de Justicia. * El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal envió una nota a la Corte Suprema de Justicia solicitando la inmediata declaración de feria judicial por un mínimo de 15 días para evitar la propagación de la enfermedad. Medidas obligatorias y recomendaciones * Se decidió [ resolución (Min. Salud) 568/2020 ] que la Secretaría de Acceso a la Salud será la encargada de establecer los lineamientos técnicos de los actos administrativos, que debe emitir el Ministerio de Salud de la Nación en su calidad de autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria.