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Jun

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES




BCRA


IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
El Banco Central de la República Argentina aclara que las entidades financieras deberán informar a la AFIP los débitos y créditos que se efectúen en las cuentas "Caja de ahorros repatriación de fondos - Bienes Personales Ley 27541" sin interrumpir el cómputo de los plazos que la AFIP establezca cuando los fondos depositados se destinen a la constitución o renovación de plazos fijos, o a la inversión en certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el BICE, y/o la suscripción o adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión existentes o a crearse, según lo dispuesto por el decreto 99/2019. Asimismo, se aclara que el contribuyente podrá optar por alguno de los destinos admitidos, deshacerse de esa inversión inicial y realizar con posterioridad una nueva inversión dentro de las habilitadas, sin que ello implique la pérdida del beneficio de quedar exceptuados de la alícuota diferencial incrementada respecto de los bienes del exterior, en el impuesto sobre los bienes personales. COMUNICACIÓN C (Banco Central de la República Argentina) 87330