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EXPORTADORES DE SERVICIOS- NUEVA OBLIGACIÓN





EXPORTADORES DE SERVICIOS- NUEVA OBLIGACIÓN
Se extiende el alcance de la obligatoriedad de emitir factura electrónica respecto de las operaciones de exportación de servicios, resultando comprobantes alcanzados las facturas de exportación clase “E” y las notas de crédito y notas de débito clase “E”.

En tal sentido los sujetos que realicen prestaciones de servicios en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior -exportación de servicios- deberán solicitar a la AFIP la autorización de emisión de comprobantes vía web mediante alguna de las siguientes opciones:

- El intercambio de información del servicio “web". - El servicio “Comprobantes en línea”. - El servicio “Facturador Plus”.

Dicha solicitud deberá efectuarse por cada punto de venta que será específico y distinto a los utilizados para documentos que se emitan a través del equipamiento electrónico denominado “Controlador Fiscal”, para los que se emitan de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Generales N° 100, N° 1415, y/o para otros regímenes o sistemas de facturación utilizados.

Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación para los sujetos que opten por el intercambio de información del servicio “web" y el servicio “Facturador Plus” para las exportaciones de servicios que se documenten desde el día 1/2/2015 y para quienes opten por el servicio “Comprobantes en línea” para las exportaciones de servicios que se documenten desde el día 1/1/2015 .