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Sep

IMPUESTO A LAS GANANCIAS




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IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Se adecúa el régimen de retención de dividendos y utilidades manteniendo la alícuota al 7 % en todos los casos. Recordamos que el citado régimen es aplicable a los dividendos y utilidades puestos a disposición de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y de los beneficiarios del exterior. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5060 BO: 30/08/2021