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Se reduce en un 50% el importe mínimo mensual a computar por actividad en el impuesto sobre los ingresos brutos a contribuyentes directos para los anticipos 9, 10, 11 y 12/2021, las cuotas del Régimen Simplificado, las alícuotas del gravamen, y se crea un plan de facilidades de pago para agentes de recaudación. DECRETO (Poder Ejecutivo Neuquén) 1637/2021 BO (Neuquén): 07/10/2021