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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Se establece la implementación del sistema de notificación electrónica para todas las notificaciones, comunicaciones y presentaciones de cualquier índole que deban llevarse a cabo entre los órganos de la Jurisdicción Administración de Justicia, los letrados, los auxiliares de justicia, los entes públicos, provinciales y municipales, y del Estado Nacional, siempre que no requieran la remisión del expediente.
El presente Acuerdo entra en vigencia según el siguiente cronograma:
- para todas las dependencias administrativas y jurisdiccionales de la Suprema Corte y órganos del fuero Civil y Comercial, Contencioso Administrativo, de Familia, del Trabajo y Justicia de Paz, a partir del 2 de marzo de 2015;
- para los entes públicos provinciales la presente comenzará a regir a partir del 4 de mayo de 2015;
- para los del Estado Nacional, a partir del 1 de julio de 2015;
- para las municipalidades, a partir del 1 de setiembre de 2015; y
- para los letrados y auxiliares de la justicia, a partir del 1 de febrero de 2016.
El presente Acuerdo entra en vigencia según el siguiente cronograma:
- para todas las dependencias administrativas y jurisdiccionales de la Suprema Corte y órganos del fuero Civil y Comercial, Contencioso Administrativo, de Familia, del Trabajo y Justicia de Paz, a partir del 2 de marzo de 2015;
- para los entes públicos provinciales la presente comenzará a regir a partir del 4 de mayo de 2015;
- para los del Estado Nacional, a partir del 1 de julio de 2015;
- para las municipalidades, a partir del 1 de setiembre de 2015; y
- para los letrados y auxiliares de la justicia, a partir del 1 de febrero de 2016.