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NOVEDADES





NOVEDADES
* NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. ADELANTO DE LA ENTRADA EN VIGENCIA. OFICIALIZACIÓN

El Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto 2513/2014 promulgó la ley 27077 (BO: 19/12/2014) por la cual se adelanta la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial al 1 de agosto de 2015. La fecha original establecida por la ley 26994 lo ponía en práctica el 1 de enero de 2016. * MONOTRIBUTISTAS. INFORMACIÓN DEL GRUPO FAMILIAR PRIMARIO. OBLIGACIÓN.

La AFIP comunica que los monotributistas deberán informar el grupo familiar primario y notificarse de la obligatoriedad de presentar la declaración jurada de salud. Conforme lo establecido por el decreto 300/1997 del Poder Ejecutivo Nacional y el dictamen 56108/2014 de ANSeS, que indica que para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino es obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante este Organismo, junto al acuse de recibo de la transacción Monotributo (F. 184/F), a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación, se realizaron adecuaciones en el servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”, ítem “Monotributo”.

En este sentido, al momento de realizar la adhesión, el sistema le solicitará, en caso de poseer, la declaración de los datos de los integrantes del grupo familiar primario, debiendo indicarse su adhesión o no a la obra social seleccionada por el titular.

Si ya se encuentra adherido al monotributo, podrá incorporar estos datos a través de la opción “Modificación”. Esta información ingresada será incluida en el Formulario 184. * BUENOS AIRES. IMPUESTO A LA TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES. PAGO EN CUOTAS. HABILITACIÓN

Se establece la modalidad de pago, en hasta seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas, del impuesto a la transmisión gratuita de bienes. La referida modalidad solo se encontrará habilitada cuando al momento de solicitarse facilidades de pago no hubiere operado el vencimiento original legalmente dispuesto con carácter general para el pago del impuesto. * PROCEDIMIENTO FISCAL. BLANQUEO DE MONEDA EXTRANJERA. PRÓRROGA AL 31/3/2015.

Se prorroga el blanqueo de moneda extranjera hasta el 31/3/2015.

Recordamos que el mismo comprende la exteriorización voluntaria de moneda extranjera en el país y en el exterior, y que los importes exteriorizados en pesos quedan eximidos de los impuestos nacionales que se omitió declarar oportunamente y no se encuentran sujetos a ningún impuesto especial creado con motivo del presente blanqueo.