02
Ene

Régimen de facilidades de pago permanente y para el Miniplan




AFIP


Régimen de facilidades de pago permanente y para el Miniplan
La AFIP extiende al 31 de enero la vigencia transitoria de los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente. También, dispone que hasta la citada fecha no se considerará la categoría del SIPER para las solicitudes de adhesión al Mini plan.