16
May

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia establece que se deberá tener por rubricados los libros de Sueldos Digital AFIP correspondientes a los meses de enero y febrero del año 2023, que fueran generados hasta el 31 de marzo de 2023. Además, para los empleadores no intimados y/o que se encuentren excluidos de la presentación de Libro Digital de Sueldos y Jornales de AFIP se otorga validez anual, por el período 2023, a la rúbrica bimestral solicitada ante el mencionado organismo.