02
Mar

CÓRDOBA




CÓRDOBA, BENEFICIOS FISCALES,


CÓRDOBA
* INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN ESPECIAL DE RECAUDACIÓN. PAGO A CUENTA. REGLAMENTACIÓN. ADECUACIÓN. EXCLUSIÓN TEMPORAL DEL RÉGIMEN .

Se adecua la reglamentación del pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al régimen especial de recaudación del impuesto para toda actividad que involucre la introducción de carne bovina, ovina, caprina, porcina, aviar y/o sus subproductos y pescados -D. (Cba.) 906/2014-. Entre sus modificaciones destacamos:

* Los importes determinados deberán ser liquidados por los frigoríficos, mataderos, establecimientos faenadores, abastecedores, supermercados, hipermercados o similares e intermediarios, comisionistas, consignatarios, cooperativas o similares que intervengan en las operaciones alcanzadas por el citado régimen, ya que son los únicos autorizados a imputar el mencionado pago a cuenta -R. (SIP Cba.) 1/2015-. * La liquidación deberá emitirse con anterioridad al viaje con destino a Córdoba, y puede cancelarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de emisión. * El vendedor o remitente podrá solicitar la exclusión temporal del presente régimen, siempre que resulte acreditado que la aplicación del mismo en forma exclusiva les genera en forma permanente saldos a favor. Por último, señalamos que las presentes modificaciones rigen a partir del 1/3/2015.

* ZONAS AFECTADAS POR EL ÚLTIMO TEMPORAL. ASIGNACIONES FAMILIARES. INCREMENTO TEMPORARIO. SUPLEMENTO PREVISIONAL EXTRAORDINARIO .

La ANSeS informa que el Poder Ejecutivo ha dispuesto una serie de medidas de ayuda a los damnificados por las inundaciones en los distritos cordobeses de Unquillo, Río Ceballos, Mendiolaza, Villa Allende, Córdoba Capital, Salsipuedes, La Calera y Saldán, entre otros. La población beneficiada por esta medida comprende a los trabajadores en relación de dependencia, a titulares de la Asignación Universal por Hijo, a jubilados y pensionados, a titulares de pensiones no contributivas y asignación por embarazo y a beneficiarios del plan PROGRESAR y prestación por desempleo. El beneficio importa un suplemento del 100% durante 90 días.

Para obtener la ayuda, los afectados deberán cumplir las siguientes condiciones: a) Solicitar el suplemento extraordinario. b) Posteriormente, la ANSeS efectuará una comprobación fehaciente de la condición de afectado a través de la verificación. c) Para los jubilados y pensionados se verificará que el monto del haber mensual no supere el haber mínimo. Toda la información estará detallada en la página web www.damnificados.anses.gob.ar