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Abr

MENDOZA




MENDOZA, IMPUESTOS.


MENDOZA
PROCEDIMIENTO. FISCALIZACIÓN ELECTRÓNICA. SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO

La Administración Tributaria de Mendoza (ATM) aprueba el procedimiento de la "Fiscalización Electrónica", que utilizará para el control de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables de los tributos de competencia de la misma. Al respecto, se aprueba el aplicativo denominado "Fiscalización Electrónica", el que se encuentra disponible en la página web de la ATM (www.atm.mendoza.gov.ar), que permitirá efectuar notificaciones y/o requerimientos a los contribuyentes y la recepción de la información solicitada a través de comunicaciones y documentación digital transmitida.

PROCEDIMIENTO. AGENTE ENCUBIERTO O FEDATARIO. REGLAMENTACIÓN

La Administración Tributaria de Mendoza reglamenta la figura del agente encubierto o fedatario -dispuesta en el art. 12, inc. k), CF-. El procedimiento se iniciará con una orden de intervención emitida por el director general de Rentas, fundada en los antecedentes fiscales que posea la citada Administración respecto de los vendedores de bienes y servicios, y locadores de obras o servicios.

Al respecto, se considerarán antecedentes fiscales, entre otros:

a) Las denuncias por omisión de facturación. b) Las denuncias penales que se realicen o se hayan realizado. c) Las multas formales y/o sustanciales firmes. d) El acto de inicio de inspección. e) La constatación de comprobantes o documentos que no reúnan los requisitos exigidos legalmente.