01
Jul

SAN LUIS




SAN LUIS


SAN LUIS
SAN LUIS. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIÓN E INFORMACIÓN. INCORPORACIÓN DE AGENTES

Se establece que deberán actuar, a partir del 1/7/2015, como agentes del régimen general de retención del impuesto sobre los ingresos brutos , las asociaciones, cámaras, colegios y demás agrupaciones semejantes por los pagos realizados en concepto de suministro de bienes y/o servicios, a farmacias, droguerías y establecimientos similares.

INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN ESPECIAL DE RECAUDACIÓN. DOCUMENTO PROVINCIAL DE ÁRIDOS (DO.PRO.ÁRIDOS). PAGO A CUENTA

Se crea, a partir del 1/8/2015, un régimen especial de recaudación de guía de tránsito minero, derecho de explotación, contribución especial ley de promoción y formación de consorcios camineros -L. VIII-849/2013- y pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos, a través de un Documento Provincial de Áridos (Do.Pro.Áridos), cuya liquidación operará mediante el sistema de transferencia electrónica de datos validada con clave fiscal a través del sitio web de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos de la Provincia de San Luis (www.rentas.sanluis.gov.ar). Respecto del impuesto sobre los ingresos brutos, se establece que el contribuyente que sufra los pagos a cuenta del gravamen podrá computar el monto respectivo a partir del anticipo correspondiente al mes en que se produjo el mismo.