02
Oct

TIERRA DEL FUEGO




TIERRA DEL FUEGO


TIERRA DEL FUEGO
Se adecua y se reemplaza la normativa correspondiente al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre las acreditaciones bancarias, aplicable a quienes revistan la calidad de contribuyentes del impuesto en la Provincia de Tierra del Fuego, ya sea como contribuyentes locales, como así también a los sujetos a las normas del Convenio Multilateral. Al respecto, se elevan las alícuotas aplicables sobre los contribuyentes locales del impuesto y se disponen los parámetros aplicables a los fines de ser considerados como contribuyentes de riesgo. Por otra parte, se establece que aquellos contribuyentes locales que registren saldos a favor como resultado de la aplicación del presente régimen, por un lapso de 3 anticipos, podrán solicitar la reducción temporal de la alícuota de retención.