05
Mar

AFIP





AFIP
* RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PROCEDIMIENTO. MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE GRADUACIÓN DE SANCIONES: La norma establece que se sancionará con clausura de 3 a 5 días corridos, a los empleadores cuando se omitan registrar dos o más trabajadores y alguno de ellos no haya sido incluido en alguna de las declaraciones juradas que hubiere correspondido presentar en el transcurso de la relación laboral y la omisión no se haya subsanado con anterioridad al acta ; cuando el empleador haya sido sancionado por cualquier tipo de infracción —formal o material— cometida con relación a las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, dentro de los 5 años anteriores a la fecha del acta respectiva. Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación respecto de las infracciones que se cometan a partir del 18 de febrero de 2014, inclusive. * PROCEDIMIENTO FISCAL. GARANTÍAS OTORGADAS EN SEGURIDAD DE OBLIGACIONES FISCALES. SE ADECUAN OPERACIONES, OBLIGACIONES GARANTIZABLES Y TIPOS DE GARANTÍAS ACEPTADAS A PARTIR DEL 19/2/2014: Se efectúan modificaciones al régimen de constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías otorgadas en resguardo del crédito fiscal originado en los tributos, impuestos, multas, recursos de la seguridad social, tasas, derechos y otras cargas cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos -RG (AFIP) 2435-. Destacamos que en esta oportunidad se introducen adecuaciones referidas a los tipos de garantías aceptables según las operaciones u obligaciones a garantizar, como también a los montos de solvencia y garantías exigibles a los importadores, exportadores, auxiliares del comercio y del servicio aduanero, aplicables a partir del 19/2/2014.