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Feb

SABÍAS QUE ??




AFIP- NO ES NECESARIO REGISTRAR LOS DATOS BIOMÉTRICOS PARA PEDIDOS DE DEVOLUCIÓN


SABÍAS QUE ??
AFIP- NO ES NECESARIO REGISTRAR LOS DATOS BIOMÉTRICOS PARA PEDIDOS DE DEVOLUCIÓN

La AFIP difunde, a través de su página web, que a partir del 25/1/2016, y para evitar demoras innecesarias en las agencias, quienes quieran pedir la devolución de las percepciones abonadas en concepto de adquisición de moneda extranjera para tenencia y por turismo no deberán registrar sus datos biométricos. Quienes deban obtener su CUIT y/o Clave Fiscal para tramitar la devolución, deberán solicitar un turno web de manera previa, eligiendo el trámite identificado como “Devolución de Percepciones - F.746/A”. Solo atenderán sin turno a las personas embarazadas o con movilidad reducida.

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS. ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR. INDICADORES ALTERNATIVOS

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 55/2016, declaró en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y a su órgano rector, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), hasta el 31 de diciembre de 2016. En este contexto, no resulta posible calcular el Índice de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2015. Frente a esta situación, el INDEC, consciente de la importancia de este indicador para múltiples aspectos de la vida social y económica, sugiere el uso de indicadores alternativos elaborados por jurisdicciones que se encuentren dentro del Sistema Estadístico Nacional, como el IPC de la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia de San Luis y el IPC de la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires.

MONOTRIBUTO. SUJETOS EXCLUIDOS EN EL MES DE DICIEMBRE DE 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa, con relación a la posibilidad de presentar el recurso de apelación para los sujetos que fueron excluidos de pleno derecho del monotributo por parte de dicho Organismo, en la nómina publicada en el Boletín Oficial el día 9/12/2015, la siguiente aclaración: * Los contribuyentes excluidos en la publicación del día 9/12/2015 revisten nuevamente la calidad de sujetos monotributistas con vigencia hasta el 3/2/2016. * Hasta el día 3/2/2016, se encuentra habilitada la presentación del recurso de apelación mediante transferencia electrónica de datos, accediendo al servicio con clave fiscal "MONOTRIBUTO - EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO", opción "Presentación de Apelación Art. 74 Decreto N° 1397/79". * A partir de la fecha indicada en los puntos precedentes, quienes no hayan efectuado presentación alguna serán dados de alta en los tributos del Régimen General, con vigencia a partir del período noviembre de 2015. Se deja constancia de que aquellos contribuyentes que realizaron modificaciones en el Sistema Registral con fecha posterior al 30/12 no quedan alcanzados por las presentes aclaraciones.

MONOTRIBUTO. PUBLICACIÓN DEL LISTADO DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS EN EL MES DE ENERO DE 2016

En el Boletín Oficial del día 01/02/16 se publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 3640. Los mismos podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "Monotributo - exclusión de pleno derecho" en el sitio web de la AFIP, utilizando su clave fiscal. La citada exclusión podrá ser objeto de recurso de apelación dentro de los 15 días de la fecha de publicación del listado. Recordamos que, mediante la resolución general (AFIP) 3640, se establecen los plazos y formas en que deben proceder los contribuyentes excluidos del Régimen Simplificado, como así también cómo realizar la apelación, en caso de corresponder.