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Abr

TUCUMÁN




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Se establece que, a partir del 1/5/2016, en los casos en los que no se acredite el ingreso o retención del impuesto sobre los ingresos brutos, quedan obligadas a actuar como agentes de retención las empresas inmobiliarias, en su carácter de intermediarias, por los pagos, liquidaciones o reintegros de las rentas periódicas, realizadas a los locadores o arrendadores de inmuebles ubicados en la Provincia de Tucumán.