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May
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IMPUESTOS INTERNOS.
IMPUESTOS INTERNOS.
CIGARRILLOS. SE FIJA EN 75% EL GRAVAMEN A INGRESAR DESDE EL 1/5/2016 Y SE EXTIENDE LA REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS.
Se incrementa de 60% a 75% el impuesto que tributarán los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, sobre el precio de venta al consumidor, aplicable a los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1/5/2016 hasta el 31/12/2016.
Asimismo, se extiende, del 1/5/2016 al 31/12/2016, la aplicación de la alícuota del 7% del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
CHAMPAÑAS. SUSPENSIÓN DE LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO
Se deja sin efecto, con aplicación desde el 1/5/2016 hasta el 31/12/2016, la aplicación del impuesto interno por el expendio de champañas .
Se incrementa de 60% a 75% el impuesto que tributarán los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, sobre el precio de venta al consumidor, aplicable a los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1/5/2016 hasta el 31/12/2016.
Asimismo, se extiende, del 1/5/2016 al 31/12/2016, la aplicación de la alícuota del 7% del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
CHAMPAÑAS. SUSPENSIÓN DE LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO
Se deja sin efecto, con aplicación desde el 1/5/2016 hasta el 31/12/2016, la aplicación del impuesto interno por el expendio de champañas .