16
Ago

CÓRDOBA




EMPLEO. INGRESOS BRUTOS


CÓRDOBA
PROGRAMA PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO. CREACIÓN

Se crea el “Programa Provincial de Promoción del Empleo”, que tiene por objeto fomentar la formación educativa y favorecer la adquisición de experiencia, hábitos, habilidades y conocimientos prácticos relacionados con un oficio, actividad o profesión, utilizando para ello el ámbito productivo ofrecido por una empresa o empleador. Las empresas y/o empleadores que deseen adherirse al presente Programa deberán cumplir con las siguientes condiciones: - Estar inscriptos regularmente en los organismos nacionales, provinciales y municipales de carácter tributario y de la Seguridad Social. - No sustituir trabajadores por beneficiarios de este Programa. - Permitir a los beneficiarios de este Programa usar las instalaciones para la realización de los procesos de capacitación y entrenamiento en ambientes de trabajo. Los requisitos para ser beneficiarios del Programa y los beneficios para las empresas y/o empleadores adherentes dependerán de la modalidad formativa que se adopte, siendo posible alguna de las siguientes:

- Programa Primer Paso. - Programa Primer Paso - Aprendiz. Por último, se establece que, en los aspectos no expresamente regulados en el presente decreto, será de aplicación la ley provincial 10236.

INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN. COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS U OTROS DERIVADOS DE HIDROCARBUROS. REGLAMENTACIÓN

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba reglamenta el procedimiento que deberán cumplir, a los fines de la inscripción y actuación como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, quienes expendan y/o comercialicen combustibles líquidos u otros derivados de hidrocarburos en todas sus formas en la Provincia, respecto de los pagos que efectúen por la adquisición de los mencionados productos a sujetos que no revistan la categoría de agentes de percepción del impuesto -R. (SIP Cba.) 31/2016-.