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SABÍAS QUE ?




SE DESGRAVA DE GANANCIAS LA CUOTA DEL SAC


SABÍAS QUE ?
GANANCIAS. TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SE DESGRAVA LA SEGUNDA CUOTA DEL SAC 2016 PARA SUELDOS, JUBILACIONES Y OTROS QUE NO SUPEREN LOS $ 55.000

Se incrementa en $ 15.000, por única vez, el importe de la deducción especial aplicable a las rentas por el trabajo personal en relación de dependencia, al desempeño de cargos públicos, a los gastos protocolares, a las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie que tengan su origen en el trabajo personal y a los consejeros de las sociedades cooperativas -art. 79, incs. a), b) y c)-, a los efectos de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente a la segunda cuota del sueldo anual complementario del año 2016. Destacamos que lo dispuesto precedentemente solo se aplicará a los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de julio y diciembre de 2016, no supere la suma de $ 55.000.

INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RECAUDACIÓN. PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA DECLARACIÓN JURADA ARCIBA DEL PERÍODO NOVIEMBRE DE 2016. PRÓRROGA

Por medio de la resolución (DGR Bs. As. cdad.) 3587/2016 se establece que se consideran presentadas y abonadas en término hasta el 13/12/2016 las declaraciones juradas del período noviembre de 2016 correspondientes a los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (e-ARCIBA), cuyo vencimiento operó el día 7/12/2016.

EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO. PUBLICACIÓN DEL LISTADO DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS

En el Boletín Oficial del día 01/12/16 se publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 3640. Estos podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "Monotributo - exclusión de pleno derecho" en el sitio web de la AFIP, utilizando su clave fiscal. La citada exclusión podrá ser objeto de recurso de apelación dentro de los 15 días de la fecha de publicación del listado. Recordamos que, mediante la resolución general (AFIP) 3640, se establecen los plazos y formas en que deben proceder los contribuyentes excluidos del Régimen Simplificado, como así también cómo realizar la apelación, en caso de corresponder

REPRO. NUEVA MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN VÍA WEB

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social informa una nueva alternativa virtual para solicitar ingresar al Programa de Recuperación Productiva (REPRO), a través de la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), permitiendo gestionar y llevar el seguimiento de los trámites sin tener que acercarse a una Mesa de Entrada. Recordamos que el REPRO es una herramienta que tiene como objetivo sostener y promocionar el empleo genuino, apoyando la recuperación de sectores privados y áreas geográficas en crisis mediante el otorgamiento, para aquellos trabajadores de las empresas adheridas, de una suma fija mensual remunerativa destinada a completar el sueldo de su categoría laboral hasta el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil actualizado a la fecha de otorgamiento y por un plazo de hasta 12 meses, mediante el pago directo por ANSeS. Para acceder a este beneficio las empresas deben:

* Acreditar la situación de crisis. * Presentar el plan de acciones para el recupero. * Comprometerse a no despedir personal.

CABA. INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RECAUDACIÓN. PRÓRROGA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA ARCIBA

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos informa a través de su página web que la presentación de la declaración jurada ARCIBA se encuentra prorrogada. Destacamos que, al momento de la emisión del presente newsletter, aún no se ha publicado la normativa con la mencionada prórroga, y que la misma obedecería a los inconvenientes para la presentación que hubo en los días anteriores.