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Abr

JUJUY




IIBB


JUJUY
Se establece que, a partir del 24/4/2017, se comenzará a exigir el ingreso de un pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos a abonar por aquellos contribuyentes y/o responsables respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen a la Provincia y/o egresen de ella o se trasladen dentro de ella, por cualquier medio, para su compraventa, remisiones entre fábricas o sucursales, y/o entregas en depósito o en consignación. Asimismo, se fijan los rubros y/o mercaderías sujetos al presente régimen, el procedimiento para el cálculo de dicho pago a cuenta, y las formas y condiciones para su ingreso.