30
Jun

CÓRDOBA




PROVINCIAS


CÓRDOBA
Se establece que, a partir del 1/7/2017, los agentes de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos que deban actuar como tales en operaciones con contribuyentes incluidos en la nómina de contribuyentes de riesgo fiscal -R. (SIP Cba.) 1/2017- deberán aplicar la alícuota de percepción correspondiente al sector por el cual se encuentren nominados, incrementada en un 50%. Dicho incremento no será de aplicación para los agentes de percepción de los sectores bebidas, embotelladoras de gaseosas y cervezas; prestadores de servicios públicos, y telefonía, Internet y TV por cable o satelital.