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Nov

JUICIOS LABORALES




JURISPRUDENCIA


JUICIOS LABORALES
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, mediante fallo plenario, en autos "Lencinas, Mariano c/Citibank NA p/despido p/rec. ext. de inconstit. - casación", del 30 de octubre de 2017, modificó su propia doctrina fijada en el precedente "Aguirre" sobre intereses moratorios para litigios tramitados en la Provincia en los casos en que no exista tasa de interés prevista por convención o ley especial. En tal sentido, los magistrados sostuvieron que corresponde aplicar la tasa de interés para préstamos de “libre destino” a 36 meses informada por el Banco de la Nación Argentina, por considerar que esta refleja de manera más real las fluctuaciones en las variables económicas de los últimos tiempos, resultando su aplicación resarcitoria para los derechos patrimoniales del acreedor. No obstante, aclararon que los jueces tienen la obligación de verificar si la tasa establecida debe ser reducida conforme a las circunstancias acreditadas en cada caso. Por último, precisaron que la tasa de interés fijada debe aplicarse a partir del dictado del presente plenario.