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MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
pymes
Se modifican los parámetros para categorizarse como PYME, estableciéndose que los topes dispuestos en la cantidad de empleados ocupados que determinan la categorización como micro, pequeña o mediana empresa solo resultan aplicables para las empresas en las que al menos el 70% de las ventas totales anuales corresponda a actividades de comisionistas, consignatarios y agencias de viajes mayoristas y minoristas -enumeradas en el Anexo IV de la R. (SEyPyME) 340/2017-.