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Sep

SAN JUAN




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SAN JUAN
La Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan reemplaza el procedimiento para la solicitud del certificado de no retención y no percepción del impuesto sobre los ingresos brutos por parte de los contribuyentes, tanto locales como los sujetos a las normas del Convenio Multilateral, que acrediten la generación de saldos a favor y no registren deudas en los demás tributos provinciales. Destacamos que el citado certificado mantendrá su vigencia de validez de 90 días corridos, a partir de su fecha de emisión. Asimismo, cuando la solicitud se realice antes del día 20 de cada mes, la exclusión del régimen del SIRCREB será a partir del primer día del mes siguiente al de dicha solicitud. Si la misma se efectúa con posterioridad al día 20 de cada mes, la exclusión regirá a partir del primer día del mes subsiguiente al de dicha solicitud.