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Oct

CÓRDOBA




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CÓRDOBA
Se adecua la redacción de la normativa relativa a los sujetos obligados a constituir un domicilio fiscal electrónico en el ámbito de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba. Asimismo, se elimina la obligación de contestar los requerimientos de los trámites iniciados por el citado medio a través del mismo.