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RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE




AFIP


RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE
Se efectúan, a partir del 1/3/2019, las siguientes modificaciones en el régimen de facilidades de pago permanente -dispuesto por la RG (AFIP) 4268-: - Se posibilita la inclusión en el plan de pagos de la deuda cuyo vencimiento se produce en el mismo mes del acogimiento; - El interés de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1- nunca será mayor a la tasa del 3% efectiva mensual; - Hasta el 31/5/2019 se podrán regularizar en hasta 6 planes de facilidades obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4431 BO: 28/02/2019