01
Jul

DÍAS NO LABORABLES CON FINES TURÍSTICOS




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DÍAS NO LABORABLES CON FINES TURÍSTICOS
El próximo 8 de julio fue decretado día no laborable con fines turísticos (D. 923/2017, art. 1). Recordamos que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 167 de la ley de contrato de trabajo, “en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador”.