01
Oct

SALTA




Provincias


SALTA
La Provincia de Salta establece un régimen especial y transitorio de medidas de alivio fiscal. Entre las principales medidas, destacamos las siguientes: * Exclusión del régimen de recaudación bancaria del impuesto a las actividades económicas para contribuyentes cumplidores; * Suspensión hasta el 31/12/2019 de la aplicación de alícuotas diferenciales por nivel de riesgo fiscal -art. 8 de la RG (DGR Salta) 13/2016-, y la limitación y/o emisión de las constancias de inscripción respectivas -art. 13 de la RG (DGR Salta) 13/2016-; * Exención y/o condonación de intereses, recargos y multas; * No se iniciarán nuevas ejecuciones fiscales ni se trabarán embargos hasta el 27/12/2019; * Se conceden planes de pago especiales para deudas tributarias devengadas hasta el 31/8/2019, cuya recaudación se encuentre a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia, cuyo acogimiento podrá efectuarse hasta el 27/12/2019; * Financiación de hasta 3 pagos iguales y consecutivos sin intereses para el pago del impuesto de sellos correspondiente a nuevos instrumentos otorgados desde el 24/9/2019 hasta el 27/12/2019. Por último, destacamos que las presentes disposiciones son aplicables a partir del 24/9/2019.