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Jul

JUJUY




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JUJUY
Se consideran presentadas y pagadas en término hasta el 26 de junio de 2020 las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes al anticipo 5/2020 de los contribuyentes locales del régimen general. Asimismo, se suspenden los vencimientos entre el 17 de junio y el 26 de junio de 2020, inclusive, multa e intereses resarcitorios para abonar el impuesto de sellos en aquellos instrumentos sujetos al mismo cuando deban realizarse en forma presencial en las oficinas de Rentas. RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Prov. Rentas Jujuy) 1568/2020