03
Ago

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Se extiende hasta el 31/8/2020, inclusive, el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas establecida en el marco de la ley de solidaridad social y reactivación productiva. La primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1 y hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de setiembre de 2020. La AFIP deberá dictar las normas complementarias y aclaratorias para instrumentar la presente prórroga. DECRETO (Poder Ejecutivo Nacional) 634/2020 BO (Nacional): 30/07/2020