01
Feb

SANTA FE




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SANTA FE
Se reglamenta la aplicación del beneficio de reducción de alícuotas en el ejercicio fiscal 2021 para los contribuyentes que desarrollen las actividades industriales en general, actividades industriales de transformación de cereales llevadas a cabo por pymes santafesinas y actividades industriales realizadas bajo la modalidad de fasón realizadas por los sujetos denominados fasoniers o confeccionistas, siempre que vean incrementada su carga tributaria en el impuesto sobre los ingresos brutos a nivel consolidado de todas las jurisdicciones –art. 40, L. (Santa Fe) 14025- RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 7/2021