16
Jun

IMPUESTO A LAS GANANCIAS




AFIP


IMPUESTO A LAS GANANCIAS
GANANCIAS. RETENCIONES PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS Y PENSIONADOS. LA AFIP REGLAMENTA LOS CAMBIOS La AFIP reglamenta los cambios en el impuesto a las ganancias, eximiendo del gravamen a los salarios y/o haberes brutos de hasta $150.000 y el tratamiento a aplicar a los salarios y/o haberes brutos entre $150.000 y $173.000. En tal sentido, destacamos: - Se establecen el procedimiento y los importes de deducciones personales que los agentes de retención deberán tener en cuenta a partir de las remuneraciones devengadas en junio de 2021. - El reintegro de los montos retenidos en exceso, se realizará en 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas en los meses de julio a noviembre de 2021. - Se establecen precisiones con respecto a la aplicación de las exenciones en el SAC por remuneraciones mensuales brutas inferiores a $150.000 y con respecto de los importes percibidos en concepto de bono por productividad, fallo de caja, o conceptos similares para quienes perciban remuneraciones brutas de hasta $300.000. - Cuando el agente de retención obtenga un saldo a favor con motivo de los montos que se reintegran, los mismos podrán aplicarse a las retenciones y/o percepciones del impuesto al valor agregado. En otro orden, tal como adelantáramos en el día de ayer, se incrementa a $2.500.000 las ganancias brutas anuales a partir de las cuales los contribuyentes se encuentran obligados a presentar la declaración jurada informativa de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, y se prorroga hasta el 31/7/2021 la presentación de la misma. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5008 BO: 15/06/2021